Respecto a la ultima entrada del blog y por no entrar en discusiones absurdas con el "afectado" he decidido retirar la foto de referencia, por petición explícita, ya que este blog pretende mostrar la vida a través de mis ojos... no obstante aquí tenéis tal cual la petición del de nuevo, "afectado":
XXXX ( No hay tres sin dos) dice:
kita mi foto
XXXX ( No hay tres sin dos) dice:
no pueds colgar fotos mias en internet sin consetimiento
XXXX ( No hay tres sin dos) dice:
y esa foto no kiero q este clgada
XXXX ( No hay tres sin dos) dice:
d exo
XXXX ( No hay tres sin dos) dice:
no me ac ni puta gracia el blog
XXXX ( No hay tres sin dos) dice:
me parec ofensico acia mi persona
XXXX ( No hay tres sin dos) dice:
y lo digo en serio q me a sentado como el culo
XXXX ( No hay tres sin dos) dice:
nanit
Hasta aqui la petición, al leer esto, se me plantean varias dudas... como por ejemplo, a terminos legales, tienes que pedir consentimiento para colgar una fotografía sin ningún tipo de copyright, hecha por ti, con el consentimiento de la otra persona a la hora de hacer la fotografía (está posando) y sin ningún tipo de ánimo de lucro???
Por favir, si alguien sabe la respuesta que conteste, gracias!!
Saludos!
Jose.
5 comentarios:
A ver, yo tengo entendido que cada uno tiene lo que se denominan 'derechos de imagen' sobre su persona, y en caso de no desearlo, se puede querellar... Pero me parece muy triste que entre amigos se llegue a esos extremos... Quiza no es tan amigo, no?? Pero bueno, ahi no entrare...
De todas formas, he llegao tarde y no he visto la foto, aunque seguro que por la polemica que se ha creado debo ser el unico del mundo mundial... De todas formas por la descripcion creo saber de quien se trata :D
Saluditos!!
Hola, como amante de la legalidad he de decirte que toda persona tiene derecho a la intimidad, y si él considera que se ha sentido Vulnerado dicho derecho puede pedir responsabilidad (según el daño causado).
Conociendo a los interlocutores, no llegará este punto, pero es cierto que no se permite la reproducción de imágenes ni sonidos en los que se pueda identificar a la persona sin su consentimiento, o por lo contrario, uno se ha de retractar y eliminar la fuente publicada. De ahí los métodos de tapar los ojos de las imágenes o alterar las voces, para no reconocer a las personas
Hasta lueg
Pues yo tampoco la he visto :(
Respecto a tu derecho de publicar una foto de otra persona, aparte de las propias convicciones morales, que por lo que te conozco se que son a valorar positivamente. Me gustaria lanzar una pregunta, ¿Que pasa cuando pillan a un famoso con una foto? tengo entendido que si la foto esta hecho en un sitio publico se puede poner... pero no me hagais mucho caso... jejejeje
Me he quedado flipando! La verdad no tngo mucho mas que decir, ya que no he visto la foto, pero me parece muy penosa la reclamacion del supuesto "afectado", creo q no hace falta ser tan estirado. Una foto en la q sales tu mismo te sienta como el culo? entonces chico... tienes otro problema.
Aun asi, tienes derecho a pedir q la quiten sino te gusta, y como ves te han complacido.
Un saludo, Eli
A juzgar por el tipo de comentarios que se hace en la petición de quitar la imagen, parece que el "afectado" está reclamando más por su derecho al honor que por su derecho a la imagen.
Derecho al honor: A falta de una definición concluyente sobre el concepto de honor la jurispridencia del Tribunal Constitucional ha ido precisando los criterios judiciales aplicables a casos concretos. Dado que el artículo del blog transmite "opiniones" más que "informaciones" consideramos que el conflicto se haya aqui entre el derecho a la expresión del blogger contra el derecho al honor del "demandante". En estos casos se considera una intromisión al derecho al honor la "utilización de expresiones formalmente injuriosas, insultantes, degradantes, humillantes etc, que minen la reputación social y que puedan provocar una minusvaloración de la autoestima y que sean innecesarios para hacer entender nuestra opinión y que tengan la finalidad de hacer daño a la persona ofendida". Es lo que se conoce como el Animus injuriandi o infamandi en función de se se trata de injurias o calumnias ( no seria este el caso )respectivamente. Conozco lo bastante bien a Jose como para poner la mano en el fuego y decir que ninguno de sus actos está motivado por el deseo expreso de hacer daño a alguien. Por lo tanto no se produce una intromisión ( almenos legalmente ) en el dereco al honor.
PUM PUM PUM
Se cierra la sesión... Ea!
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